En esta publicación se hará hincapié en las relaciones entre el Gobierno del Estado y la administración (la administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, la Administración Local y la Administración Institucional), un clásico en las preguntas tipo test en exámenes para pasar oposiciones.
En nuestra Playlist encontrarás éstos y más apuntes!
TEMARIO GENERAL Estatuto básico del empleado público La Constitución española de 1978 Organización territorial del Estado El Estatuto de autonomía de Cataluñ...
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Normativa aplicable a nivel estatal
El texto que viene a continuación no es una réplica del texto original, sino un breve resumen de lo más destacado de cada artículo y a modo subjetivo e interpretativo en algunos casos. Para más información, consultad los textos completos de dichas leyes en el Boletín Oficial del Estado.
TÍTULO PRELIMINAR LRJSP.
...
Tienen la consideración de Administraciones Públicas la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, así como los organismos públicos y entidades de derecho público previstos en la letra a) del artículo 2.2 LRJSP.
Artículo 2 LRJSP La presente Ley se aplica al sector público que comprende:
2. El sector público institucional se integra por:
...
TÍTULO I LRJSP. Administración General del Estado
Artículo 55 LRJSP. La organización de la Administración General del Estado responde a los principios de división funcional en Departamentos ministeriales y de gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, salvo las excepciones previstas por esta Ley. La Administración General del Estado comprende:
Órganos superiores en la Organización Central:
1.º Los Ministros.
2.º Los Secretarios de Estado.
Órganos directivos en la Organización Central:
1.º Los Subsecretarios y Secretarios generales.
2.º Los Secretarios generales técnicos y Directores generales.
3.º Los Subdirectores generales.
Órganos directivos en la Organización Territorial de la Administración General del Estado:
1.º Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas (rango de Subsecretario).
2.º Subdelegados del Gobierno en las provincias (nivel de Subdirector general).
Órganos directivos en la Administración General del Estado en el exterior:
1.º Embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales.
Artículo 57 LRJSP. La Administración General del Estado se organiza en Presidencia del Gobierno y en Ministerios...
Artículo 58 LRJSP.
Artículo 59 LRJSP.
Artículo 60 LRJSP.
Artículo 61 LRJSP. Los Ministros, como titulares del departamento sobre el que ejercen su competencia, dirigen los sectores de actividad administrativa integrados en su Ministerio, y asumen la responsabilidad inherente a dicha dirección...
Artículo 62 LRJSP. Los Secretarios de Estado son directamente responsables de la ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad específica.
Artículo 63 LRJSP. Los Subsecretarios ostentan la representación ordinaria del Ministerio, dirigen los servicios comunes, ejercen las competencias correspondientes a dichos servicios comunes...
Artículo 64 LRJSP. Los Secretarios generales ejercen las competencias inherentes a su responsabilidad de dirección sobre los órganos dependientes, contempladas en el artículo 62.2.b), así como todas aquellas que les asigne expresamente el Real Decreto de estructura del Ministerio.
Artículo 65 LRJSP. Los Secretarios generales técnicos, bajo la inmediata dependencia del Subsecretario, tendrán las competencias sobre servicios comunes que les atribuya el Real Decreto de estructura del Departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones...
Artículo 66 LRJSP. Los Directores generales son los titulares de los órganos directivos encargados de la gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas del Ministerio.
Artículo 67 LRJSP. Los Subdirectores generales son los responsables inmediatos, bajo la supervisión del Director general o del titular del órgano del que dependan, de la ejecución de aquellos proyectos, objetivos o actividades que les sean asignados, así como de la gestión ordinaria de los asuntos de la competencia de la Subdirección General.
Artículo 69 LRJSP. Existirá una Delegación del Gobierno en cada una de las Comunidades Autónomas.
Artículo 72 LRJSP. Los Delegados del Gobierno representan al Gobierno de la Nación en el territorio de la respectiva Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la representación ordinaria del Estado en las mismas a través de sus respectivos Presidentes.
Artículo 74 LRJSP. En cada provincia y bajo la inmediata dependencia del Delegado del Gobierno en la respectiva Comunidad Autónoma, existirá un Subdelegado del Gobierno, con nivel de Subdirector General, que será nombrado por aquél mediante el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, pertenecientes a Cuerpos o Escalas clasificados como Subgrupo A1.
Artículo 80 LRJSP. El Servicio Exterior del Estado se rige en todo lo concerniente a su composición, organización, funciones, integración y personal por lo dispuesto en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y en su normativa de desarrollo y, supletoriamente, por lo dispuesto en esta Ley.
Artículo 81 LRJSP. Las entidades que integran el sector público institucional están sometidas en su actuación a los principios de legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera así como al principio de transparencia en su gestión....
Artículo 154 CE Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad.